El empresario y senador nacional Walter Kobylanski cuestionó este 6 de noviembre la prórroga solicitada por el presidente de la nación, Santiago Peña, para preparar su defensa en el juicio político por el caso Ueno Bank, y calificó el debate como un "triste espectáculo".
En ese contexto, el Senado preveía escuchar la defensa de Peña, luego de que la Cámara Alta abriera formalmente el procedimiento la noche anterior tras recibir la acusación aprobada por unanimidad de los 78 diputados presentes. El pleno rechazó la prórroga con 39 votos en contra y tres a favor, y fijó 30 minutos para la presentación.
Kobylanski pidió no extender el plazo solicitado por el mandatario. "Considero que no se le puede dar ni un minuto más de plazo. Absolutamente ni un minuto. Cuanto antes terminemos todo esto mejor", afirmó.
Finalmente, el legislador celebró que, según lo estimado, la mayor parte de los afectados quedaría cubierto por el fondo de garantía, mientras que quienes más dinero pusieron en la entidad enfrentarían las mayores pérdidas. "Por suerte van a estar cubiertos la gran mayoría", sostuvo, y agregó: "A los grandes que han metido plata ahí, ¡bien hecho, no reciban nada!".
¿Por qué hay juicio político?
El juicio político se desarrolla en medio de la crisis provocada por la intervención de Ueno Bank, que afectó a unos tres millones de clientes. Las acusaciones contra Peña incluyen presuntos conflictos de intereses e irregularidades relacionadas con el banco y el manejo de fondos previsionales.
Tras escuchar la defensa y completar el procedimiento, el Senado deberá decidir si destituye a Peña. El artículo 189 de la Constitución paraguaya establece que los expresidentes elegidos democráticamente serán senadores vitalicios, salvo que hayan sido declarados culpables en un juicio político. Por tanto, si Peña es destituido por esta vía, no podrá acceder a esa condición ni a los fueros correspondientes.
Si el Congreso acepta su renuncia y Peña deja el cargo sin haber sido declarado culpable en juicio político, accedería a la senaduría vitalicia. En ese caso, para someterlo a un proceso penal, un juez tendría que comunicar la causa al Senado, que decidiría sobre su desafuero por una mayoría de dos tercios, conforme al artículo 191 de la Constitución.